Saturday, July 11, 2009

ENTE DE RAZÓN

Tomado del Diccionario de Filosofía de José Ferrater Mora

En los artículos Ens y Ente (v.) nos hemos referido a los diversos modos en que el ente es dividido en la filosofía escolástica. Uno de los entes por ella considerados es el ente de razón (ens rations). Por su particular importancia para la comprensión de la naturaleza de la lógica según los escolásticos, damos aquí sobre el mismo algunas indicaciones complementarias. Los escolásticos definen el ente de razón como el que posee ser objetivo solamente en el entendimiento.
El término 'objetivo' es usado aquí en su sentido tradicional (véase OBJETO Y OBJETIVO). En efecto, los escolásticos distinguen entre tres modos como puede estar algo en el entendimiento: subjetivamente, efectivamente y objetivamente. Algo está en el entendimiento subjetivamente cuando inhiere en el sujeto en cuanto accidente. Algo está en el entendimiento efectivamente cuando es un efecto inmanente del entendimiento, es decir, cuando es un movimiento vital o serie de movimientos vitales que proceden del entendimiento físico o realmente. Algo está en el entendimiento objetivamente cuando es aprehendido por él pura y simplemente, esto es, cuando su naturaleza consiste en el modo de aprehensión del objeto. Ahora bien, mientras las especies inteligibles están en el entendimiento subjetivamente, y el concepto formal está en el entendimiento subjetivamente y efectivamente, el ente de razón está en el entendimiento —y sólo en él— objetivamente. Si estuviera en otro lugar además de estar en el entendimiento no sería, en efecto, ente de razón. Según los escolásticos, el ente de razón no tiene una causa eficiente, pero sí un fundamento: aquello según lo cual es formado objetivamente por el entendimiento humano. Según la razón del fundamento por accidente, el ente de razón puede tener o no tener fundamentum in re (o realidad "objetiva" en el sentido actual del vocablo). Según la razón del fundamento esencial, el ente de razón puede ser o negación o privación. En ningún caso, el ente de razón es algo actual, pero ello no le impide ser aprehendido por el entendimiento. Los entes de razón se entienden en función de las intenciones (véase INTENCIÓN, INTENCIONAL, INTENCIONALIDAD) que la razón ve en los objetos que considera. Cuando considera intenciones como el género, la especie, etc. que no descubre en la naturaleza de las cosas, sino que se siguen, como dice Santo Tomás (in lib. IV Met., lect. 4, 574), de las consideraciones de la razón misma, el resultado de ello son entes de razón, y tales entes de razón son el objeto de la lógica. Las intenciones referidas son las llamadas por los escolásticos segundas intenciones. Así, el objeto de la lógica (formal) es la intención segunda o ente de razón lógico. Y como la intención segunda está fundada en una intención primera, se puede decir que para los escolásticos los objetos de que habla la lógica no pueden ser aprehendidos sino con un cierto fundamento en la realidad. La lógica habla, pues, de la realidad. Pero no de un modo directo (ni el ente real ni el ente no real pueden ser objetos de lógica), sino indirectamente: los entes de razón lógicos son como el mapa que representa isomórficamente las estructuras (fundamentales) de lo real.

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